09 Mar Publicadas las ayudas a arrendatarios de viviendas en Andalucía
La Orden de 3 de marzo de 2015,regula las bases de ayudas para el alquiler de viviendas a personas con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía. En esta Orden se establecen los requisitos e ingresos máximos que deben tener los posibles beneficiarios de las ayudas.
Se establece un tope máximo en la renta de viviendas arrendadas de 500€, siendo la subvención a percibir del 40% de la renta pagada, es decir 200€ al mes como máximo. Se establecen también ingresos máximos para los solicitantes de las ayudas, variando estos topes en función de la situación y volumen de la unidad de convivencia, como referencia el tope máximo para una familia que conste de dos adultos y un menor de 14 años es de 18.637,85 €/anuales. No obstante gozan de preferencia los colectivos de menores ingresos, quedando limitadas a ellos las ayudas si copan todo el plan la cuantía destinada a este programa es de 15.000.00€.
No se establece sesgo alguno en función de la edad de los solicitantes como en planes anteriores. Estando esta vez todo en función de la situación social y económica de cada unidad de convivencia.
Como novedad no se hace necesario la posesión de un contrato de arrendamiento, pudiendo realizarse éste en el momento de la resolución de la subvención.
Pase por nuestras oficinas si quieren que le tramitemos la solicitud de estas subvenciones, estamos en Calle Cuarteles, 12, 1ºK en Málaga, o contacte con nosotros en el teléfono 952 609 375